Las deducciones fiscales por actividades de I+D+i son una herramienta poderosa para fomentar la innovación en las empresas. No solo permiten recuperar parte de la inversión realizada, sino que también impulsan la competitividad al promover el desarrollo de productos y procesos diferenciados.
Desde la creación de nuevos prototipos hasta la mejora sustancial de productos existentes, las ventajas fiscales ofrecen un incentivo directo para que las empresas apuesten por el cambio y el progreso tecnológico.
En la Oficina Económica de Galicia, te ayudamos a identificar todas las ventajas fiscales aplicables a tus actividades de Investigación e innovación tecnológica. No dejes pasar la oportunidad de optimizar tu inversión en innovación y descubre cómo un sistema de asesoramiento especializado puede marcar la diferencia en tu empresa.
Las deducciones y beneficios fiscales por I+D+i tienen como objetivo reconocer el esfuerzo que realizan las empresas en el ámbito de actividades innovadoras. Se trata por tanto de una de las deducciones más interesantes para las empresas ya que se aplican directamente sobre la cuota a pagar del impuesto y no sobre la base imponible.
¿Qué se considera Innovación Tecnológica?
La innovación tecnológica, i pequeña o IT, abarca actividades en las que el resultado suponga un avance tecnológico que derive en nuevos productos, procesos de producción o en mejoras sustanciales de los ya existentes.
¿Qué se incluye?
Desde diseño de planos, esquemas o prototipos no comercializables; proyectos piloto o de demostraciones iniciales, como en la industria de la animación o los videojuegos; y la creación de muestrarios textiles, calzado, muebles, madera, entre otros, siempre que no sean aptos para aplicaciones industriales ni para su explotación comercial.
¿Cuáles son los criterios esenciales de la innovación tecnológica
1. Novedad o mejora sustancial
La innovación debe implicar un cambio esencial en las características intrínsecas de un producto o proceso.
2. Ámbito tecnológico
Los avances deben producirse desde un punto de vista tecnológico, sin limitarse a modificaciones estéticas o formales.
3. Perspectiva subjetiva
No se exige que el producto o proceso sea único en el mercado, pero sí que al menos sea nuevo para la empresa que lo desarrolla, en línea con el Manual de Oslo (2005).
¿Qué se considera I+D+i?
La I+D+i es la indagación original y planificada que busca descubrir nuevos conocimientos para propiciar su desarrollo para la fabricación de nuevos materiales o productos, su mejora tecnológica, o para el diseño de nuevos procesos y sistemas de producción.
¿Qué se incluye?
- El diseño y elaboración del muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
- La materialización de los nuevos productos o procesos en un plano o diseño, así como la creación de un primer prototipo no comercializable o proyecto piloto.
- La creación, combinación y configuración de software avanzado, mediante nuevos algoritmos o sistemas operativos, interfaces y aplicaciones destinados a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos.
¿Son compatibles con otras subvenciones o préstamos?
Las deducciones fiscales por I+D+i son compatibles con otros incentivos como subvenciones y préstamos, aunque con algunas particularidades.
¿Cuál es el porcentaje de deducción para actividades de I+D+i?
- Investigación y desarrollo (I+D):
-
- 25% de los gastos en el período impositivo.
- 42% sobre el exceso de gastos que supere la media de los realizados en los dos ejercicios anteriores.
- 17% adicional por los gastos de personal cualificado dedicado en exclusiva a actividades de I+D.
- Innovación tecnológica:
-
- 12% de los gastos efectuados en este concepto.