¿Cuáles son las principales obligaciones normativas a cumplir en 2025 según el tamaño de mi empresa?

En un entorno empresarial cada vez más regulado, es fundamental que autónomos y empresas conozcan sus deberes legales para evitar sanciones y garantizar una gestión responsable. En 2025, tanto las empresas con personal como aquellas sin personas trabajadoras (incluidos los autónomos) deben cumplir con normativas clave que afectan ámbitos como la protección de datos, la prevención de riesgos laborales, control horario o igualdad. Además, ciertas actividades están sujetas a requisitos específicos según su sector.

En este artículo repasamos los principales deberes normativos vigentes, diferenciando según el tamaño de empresa, para que puedas verificar si tu organización está al día.

Empresas sin personas trabajadoras o autónomos

Aunque no cuenten con personal contratado, las empresas sin plantilla y autónomos también deben cumplir con diversas obligaciones, entre las que destacan:

Protección de datos personales (LOPDGDD y RGPD)

Cualquier empresa o autónomo que trate datos de clientes, proveedores ou personas usuarias (aunque sea solo una base de datos de contactos) está obligada a cumplir con la normativa de protección de datos: análisis de riesgos, cláusulas de privacidad, contratos con encargados de tratamiento, etc.

Prevención de Riesgos Laborales (PRL básica)

Si desarrollan actividades con riesgo (como instalaciones técnicas, obras, transporte…), deben cumplir con los principios de autoprotección y coordinación de actividades.

Protocolo frente al acoso laboral y/o sexual (Real Decreto 901/2020)

Obligatorio desde el año 2021 para todas las empresas (independientemente de su tamaño), con o sin representación legal de las personas trabajadoras.

Obligaciones fiscales y contables

Declaración censal, impuestos, libros contables y cualquier otra obligación derivada del régimen fiscal aplicable. Por ejemplo: Veri*Factu, factura electrónica…

Licencias y autorizaciones sectoriales

Por ejemplo, licencias municipales de actividad, registros sanitarios, declaraciones ambientales, etc., si la actividad lo requiere.

Empresas con personas trabajadoras

Todas las empresas con al menos una persona empleada están obligadas a cumplir con la siguiente normativa, en principio, independientemente de su tamaño (indicaremos los casos en los que no es así y se requiere un tamaño mínimo):

Protección de datos personales (LOPDGDD y RGPD)

Además de los datos de clientes y proveedores, se gestionan datos especialmente protegidos de personas empleadas (salud, nóminas, etc.), lo que exige cumplir con garantías adicionales.

Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995)

Evaluación inicial de riesgos, plan de prevención, vigilancia de la salud, formación, información y medidas preventivas.

Registro retributivo (Real Decreto 902/2020 y Estatuto de los Trabajadores)

Todas las empresas deben disponer de un registro salarial actualizado, que incluya información desagregada por sexo y grupo profesional. Y las que tengan más de 50 personas empleadas además deben contar con una “Auditoria Retributiva”.

Control horario (Real Decreto-ley 8/2019)

Desde 2019 es obligatorio registrar diariamente la jornada laboral de cada persona trabajadora, independientemente del tipo de contrato o jornada. En el año 2025 el registro horario incorporará cambios relevantes, entre los que está la obligación de su formato digital.

Canal interno de denuncias (Ley 2/2023)

Obligatorio para empresas a partir de 50 personas trabajadoras, aunque recomendable implantarlo en empresas de menor tamaño como buena práctica de cumplimiento y prevención de riesgos reputacionales.

Protocolo frente al acoso laboral y/o sexual (Real Decreto 901/2020)

Obligatorio desde el año 2021 para todas las empresas (independientemente de su tamaño), con o sin representación legal de las personas trabajadoras.

Protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI (Ley 4/2023 y Real Decreto 1026/2024)

Es obligatorio, para las empresas de 50 o más personas trabajadoras, disponer de un Protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

Plan de Igualdad (Real Decreto 901/2020)

Obligatorio para empresas con 50 o más personas trabajadoras. Implica diagnóstico, negociación con la representación legal de las personas trabajadoras y registro en REGCON. Empresas menores de 50 personas trabajadoras pueden elaborarlo voluntariamente.

Obligaciones sectoriales específicas (cuando apliquen)

Además de las obligaciones generales, hay normativas adicionales según el sector de actividad, como, por ejemplo:

Normativa sanitaria

Para empresas del sector alimentario, educativo, sanitario o estético (registro sanitario, buenas prácticas, formación higiénico-sanitaria…).

Normativa medioambiental

Declaraciones de envases (Ecoembes), residuos, emisiones, cumplimiento de la responsabilidad ampliada del productor (RAP), etc.

Prevención del blanqueo de capitales (Ley 10/2010)

Obligatoria para determinados sectores: asesorías fiscales y contables, inmobiliarias, joyerías, criptomonedas, comercio de arte, entre otros.

Antes de finalizar, señalarte que puedes completar el contenido de este artículo con el de este otro Conoce las principales obligaciones laborales de las empresas para un entorno justo y seguro.

Es importante tener en cuenta que el marco normativo está en constante evolución, y cada año se incorporan nuevas obligaciones que afectan a distintos sectores y tipos de empresa. Ejemplos recientes pueden ser la normativa sobre la medición de gas radón en centros de trabajo ubicados en zonas con potencial riesgo (que puede aplicarse a escuelas, academias, centros deportivos o locales a pie de calle); o la obligación de contactar con sistemas de emisión de facturas verificables (VERI*FACTU); o la nueva normativa sobre el control horario de las personas trabajadoras (en la que se exigirá el control horario digital, por ejemplo).

Por todo lo anterior, resulta fundamental mantenerse informado y contar con un asesoramiento actualizado que permita anticiparse a los cambios legislativos y garantizar el cumplimiento normativo de forma proactiva.

Si necesitas asesoramiento en este ámbito, recuerda que puedes solicitar el servicio de asesoramiento gratuito de la Oficina Económica de Galicia.