Si hacemos factura electrónica a la administración y estamos obligados al SII, ¿ya estamos cumpliendo sin utilizar VERI*FACTU?

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No completamente.

La situación es:

  • El SII implica que comunicas los datos del IVA a la AEAT en tiempo casi real.
  • La factura electrónica a la administración pública (B2G) es una obligación específica por razón del destinatario.
  • Pero el reglamento VERI*FACTU establece requisitos adicionales sobre cómo debe funcionar tu sistema informático interno.

Entonces:

  • Estás cumpliendo con tus obligaciones de envío y comunicación, pero no necesariamente con los requisitos internos de registro e integridad de VERI*FACTU.
  • Por lo tanto, aunque estés en el SII y uses factura electrónica, deberás adaptar tu software a VERI*FACTU antes del 1 de enero o 1 de julio de 2026, según corresponda.