¿Sabes cuales son las principales formas jurídicas de las empresas en España?

Si estás pensando en emprender, elegir la forma jurídica de tu empresa es una de las decisiones más importantes. Esta elección determinará aspectos clave como la responsabilidad de los socios, el capital necesario o las obligaciones fiscales.

En España, existen casi una veintena de formas jurídicas, pero las más utilizadas son seis:

  1. Empresario individual (autónomo)

Es la opción más sencilla para empezar un negocio. El autónomo es el único responsable de la empresa y responde con su patrimonio personal ante posibles deudas.

  • Ventajas: fácil de constituir, sin capital mínimo y con menos trámites administrativos.
  • Inconveniente: el empresario asume todos los riesgos y responde con sus bienes personales.
  1. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)

Es la forma jurídica más común para pequeñas y medianas empresas. Se necesita un capital mínimo de 1 euro y la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.

  • Ventajas: protege el patrimonio personal y permite mayor estabilidad en la empresa.
  • Inconveniente: implica más trámites y obligaciones contables que el autónomo.
  1. Sociedad Anónima (SA)

Diseñada para grandes empresas, permite captar inversión a través de acciones y requiere un capital mínimo de 60.000 euros.

  • Ventajas: facilidad para obtener financiación y responsabilidad limitada de los socios.
  • Inconveniente: mayor complejidad administrativa y altos costes de gestión.
  1. Sociedades Civiles (SC)

Contrato por el que dos o más personas ponen en común capital con el propósito de repartir entre sí las ganancias. Se caracteriza por ser un contrato mediante documento privado, en el que las aportaciones de las personas socias se integran en la sociedad y la responsabilidad es solidaria e ilimitada de los socios entre sí.

  • Ventaja: Constitución más sencilla y económica que las sociedades mercantiles al no ser obligatoria la escritura pública, capital mínimo o inscripción en el Registro Mercantil (salvo excepciones).
  • Inconveniente: Responsabilidad ilimitada de los socios frente a deudas de la sociedad contraídas con terceros.
  1. Sociedad Cooperativa

Empresa gestionada democráticamente por sus socios, donde cada miembro tiene un voto. Es habitual en proyectos sociales o de economía colaborativa.

  • Ventajas: gestión democrática y beneficios fiscales.
  • Inconveniente: requiere un número mínimo de socios y una estructura organizativa más compleja.
  1. Sociedad Comanditaria

Combina dos tipos de socios: los que gestionan el negocio con responsabilidad ilimitada y los que solo invierten, con responsabilidad limitada.

  • Ventajas: permite atraer inversión sin que los socios comanditarios tengan que gestionar la empresa.
  • Inconveniente: administración más compleja y mayor coordinación entre socios.

Si tienes dudas sobre qué forma jurídica se adapta mejor a tu negocio, ponemos a tu disposición un equipo de técnicos especializados que te asesorarán sin compromiso. Contacta con nosotros rellenando el cuestionario y recibe orientación personalizada para poner en marcha tu empresa con la mejor estructura legal.