¿Cuáles son los plazos de elaboración y presentación de los libros de cuentas?

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Desde el cierre del ejercicio contable, se dispone de tres meses para elaborar las cuentas y legalizar los libros, y desde ahí por lo menos un mes más para realizar una auditoría, si procediese. En seis meses desde el cierre, los socios deben aprobar las cuentas y, desde ese momento, se dispone de un mes más para depositarlas en el Registro Mercantil.